La Armada Argentina prohibió el uso de la barba: ¿Cuáles son las excepciones?
“Se hace porque es más práctico e higiénico para todo lo vinculado a los ejercicios”, aclararon desde las fuerzas.
Si bien ya era una costumbre, la nueva reglamentación será obligatoria, y comenzará a regir a partir de abril. Con el título "Barba", la medida lleva la firma del contraalmirante Juan Carlos Romay, Director General del Personal y el Bienestar de la Armada, aunque se establecen algunos casos puntuales en los que se permite.
Es posible para “unidades desplegadas fuera de su asiento natural en operación, las cuales producto de una contingencia o por diseño de la unidad limite su capacidad de agua dulce y que, de no racionalizar la misma, afecte el cumplimiento de la misión", dice la regla.
Entonces... ¿quiénes podran utilizarla?
Unidades o elementos de superficie, a las submarinas, a las de infantería de marina en operaciones de tiempo prolongado, a las de campaña antártica y patrulla naval antártica combinada, navegando al sur del paralelo 60°, y a la dotación de bases antárticas.
Todo esto, siempre y cuando, “sea completa con bigotes, prolija y recortada, evitando toda excentricidad en su forma y dimensiones”.