Ley Ómnibus: El Gobierno busca habilitar la reventa oficial de entradas
Ayer, Javier Milei envió al Congreso el proyecto de Ley Ómnibus titulado “Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”, que se votará entre enero y febrero, cuenta con 664 reformas y una habla de la comercialización de entradas para eventos deportivos en el país.
En la sección de “desregulación económica”, el artículo 48 bis informa que “las entradas deportivas pueden ser revendidas sin límite de las veces que pueda realizarse dicha operación. El encargado de venta de entradas no podrá imponer restricciones a dicha reventa. En los casos de entradas nominativas, el encargado de venta de entradas deberá permitir la reventa a través de un mecanismo electrónico”. De esta manera, el comprador se asegura de que la entrada sea original.
Y agrega que “para las ventas a través de dicho sistema, las entidades deportivas podrán cobrar una comisión que no supere el 5% del precio acordado, pero no podrán limitar precios”.
Algo que sucede, por ejemplo, en la MLS de los Estados Unidos, donde las grandes ticketeras o las propias franquicias participan de las operaciones.
¿Qué dice hoy la ley? El Artículo 91 del Código Contravencional porteño advierte que “quien revende, por cualquier medio, con fines de lucro, una o más entradas para un espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo, es sancionado/a con multa de dos mil ($2.000) a treinta mil ($30.000) pesos o dos (2) a diez (10) días de arresto”.