Oficializan pago de tres bonos para los Jubilados y Pensionados
El Gobierno Nacional anunció el pago de refuerzos para junio, julio y agosto, y los montos máximos serán de $15.000, $17.000 y $20.000. A partir del próximo mes, ningún jubilado cobrará menos de $85.938 y el haber mínimo pasará de los actuales $58.665,43 a $70.938,23, sin contar el Refuerzo de Ingresos.
El bono rige para titulares de las prestaciones contributivas a cargo del ANSES; beneficiarios de la Pensión Universal para Jubilados, Discapacitados y Madres de 7 hijos o hijas o más, y demás pensiones no contributivas, cuyo pago se encuentra a cargo de esta Administración.
El refuerzo de $15.000 pesos correspondiente a junio, oficializado a través del Decreto 282/2023, será para aquellos titulares que por la suma de los haberes perciban un monto menor o igual a $70.938,24. Y será de $5.000 para “aquellos y aquellas titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $80.938,24 y menor o igual a $141.876,48″.
Se estableció que para ese mes, quienes tengan un importe menor a $85.938,24, se hará una equivalente con el anterior hasta alcanzar ese valor. Mientras que para aquellos que perciban un importe superior a $141.876,48 y hasta $146.876,48, el monto será la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada anteriormente.
Después habrán otros refuerzos de $5.000, $17.000 y $20.000 para julio y agosto, dependiendo de cuánto sea el monto de la jubilación de cada persona.
“Establécese que para el mes agosto de 2023 para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $70.938,24 y menor o igual a $85.938,24, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $90.938,24″, precisó el ANSES. Mientras que para agosto de 2023, para quienes por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $141.876,48 y hasta $146.876,48, “el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada en segundo término”. "Los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación ”, aclaró el Gobierno.